COMISIÓN DE EMPLEO




COMISION DE EMPLEO Y FORMACION

Bilbao a, 21. 12. 16.

Reunidos a las 09:30hrs. En el local del comité de empresa con los siguientes asistentes:
U.G.T.: CC.OO.: U.S.O.: E.L.A.: L.A.B.: E.S.K.: BIOBIDE: 
 


PUNTOS DEL ORDEN DEL DIA


1º Firma acta del mes anterior.
2º Elección del nuevo secretario.
3º Firma de las copias básicas de los últimos contratos.
4º Reclamación a la bolsa de trabajo.
5º Trabajadora en situación de incapacidad.
6º Plan de igualdad.
7º Plan de formación.
8º Varios.



1º Se firma por unanimidad de los presentes el acta del mes anterior

2º Se nombra al nuevo secretario de esta comisión de trabajo al representante de CCOO, Custodio Bueno.

3º Una vez entregadas las copias de los contratos, están son firmadas

4º El trabajador nº ****, encontrándose último en la bolsa de trabajo, habiendo entregado justificante las dos ocasiones en las que ha sido llamado para trabajar, solicita se le revise su situación en dicha bolsa. Este comité atendiendo a las normas por las que se rige la bolsa de trabajo, responde que según dicho reglamento tras dos veces rechazando las ofertas de contrato pasara al último lugar de la lista.

Comentar que en el acta de 20.09.16. En el punto 4 se hace referencia a este punto: “En caso de encontrarse trabajando en otra empresa, podrá ser causa justificada una sola vez. En caso de ser rechazado un contrato una segunda vez dicha persona pasaría a ocupar el último puesto de la lista”
Por otra parte esta comisión de Empleo y Formación, atenderá cualquier reclamación, si estas se efectúan por escrito y firmadas por el/los interesados, exclusivamente.

5º La trabajadora **** encontrándose en situación de incapacidad, debería permanecer en el primer puesto en la lista de especiales, en el supuesto que el I.N.S.S. revocase su incapacidad entonces y solo entonces pasaría al denominado grupo “oo”, según acta de Diciembre de 2015, que en el punto Nº5 cita el acuerdo suscrito para estos casos.

La empresa con respecto a este punto, se remite al convenio en vigor- el cual es suficiente claro sobre el particular – y manifiesta que la citada trabajadora tiene concedida una incapacidad y todavía tiene reconocido- a tenor del Estatuto de los Trabajadores – derecho a reserva del puesto de trabajo. Al mismo tiempo, la referencia del acuerdo que se manifiesta del Acta del mes de Diciembre, se manifiesta que dicho acuerdo es única y exclusivamente de la parte social, sin que la empresa haya tomado participación alguna a dicho acuerdo.

6º Se le solicita, la entrega a todas las secciones sindicales para su estudio, del plan de igualdad oficial que aporto a la inspección de trabajo.
En este sentido, indicar que tras ser cuestionada al respecto en reiteradas ocasiones, la empresa se muestra incapaz de confirmar si este último Plan de Igualdad es el actualmente en vigor.
En respuesta a lo anterior, la Empresa manifiesta que ha enviado a las secciones sindicales el Plan de Igualdad presentado a la inspección y que así se ha manifestado. Además, tras las tres reuniones realizadas en materia del Plan de Igualdad, donde lo único que importaba a la parte social fue quien era el responsable del abono de las horas de la reunión, la empresa ha tomado la decisión de entregar el Plan ante la falta de consenso y con la finalidad de cumplir el requerimiento, ya que el objeto del Plan no es el disfrute de horas sino promover la igualdad entre los trabajadores y trabajadoras de la Empresa.

La empresa manifiesta que el Plan de Igualdad entregado debido al requerimiento, es el mismo que el remitido en su día a las secciones sindicales. No obstante, no tiene inconveniente en volver a remitirlo.
Comentar igualmente que respecto a los puntos relativos a Borrador y corrección de actas, en las decisiones adoptadas única y exclusivamente ha tomado parte la representación social, quedando excluida la Empresa.

Por último, comentar que se ha manifestado por parte de la Empresa, que esta asume las partes que acuerda, pero nunca las decisiones que se tomen entre las distintas secciones sindicales, con lo que debe quedar separadas las decisiones de la parte social previas a la reunión con la empresa y las que se producen en presencia y con el acuerdo -o no- de esta. Todo ello en aras de evitar confusiones en la adopción de acuerdos y a efectos de un mayor y mejor claridad.

7º Se le solicita el plan de formación para el año 2017. La empresa nos comunica que enviara la relación de los cursos y condiciones de los mismos, nos adelantó que aparte de los cursos del C.A.P., pretende formar a grupos determinados en el manejo de los desfibriladores 2 o 3 grupos de unas 20 personas por colectivos.

8º En el apartado de varios, son establecidas las fechas máximas para enviar con tiempo suficiente

Puntos orden del día, viernes anterior de las reuniones
Borradores actas, miércoles anterior de las reuniones.

Así mismo los puntos del orden del día, así como las correcciones sean enviadas a todas las secciones sindicales, en vez de al secretario y este a su vez reenviarlas

La empresa nos comunica que la trabajadora con número de matrícula ****, no ha superado el periodo de prueba y por lo tanto no debería estar la lista de eventuales, alude a numerosos siniestros.

La empresa comenta que trabajadores que hace tiempo que no trabajan, deberían desaparecer de la lista de eventuales.

En este tema la comisión de empleo y formación es tajante, a día de hoy y si no se acuerda nada al respecto, ninguna persona desaparecerá de la lista a no ser que lo solicite el interesado.

La empresa nos comunica que en las retribuciones del mes de Enero se efectuaran retenciones a cuente del I.R.P.F., a los trabajadores incluidos en el artículo 16º.

Sin más temas que tratar, termina la reunión.

El secretario de la comisión de Empleo y Formación